MODIFICACONES DEL CONTRATO DE TRABAJO.


Según hemos visto, el empresario puede, en el ejercicio de su poder de dirección, modificar los contratos de trabajo; ahora bien, debe hacerlo dentro de unos límites y, por regla general, solo si existe una causa justificada. Las principales modificaciones del contrato de trabajo son la movilidad funcional, la movilidad geográfica y la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.




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